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Artur Mas, el Rey, Ángel María Villar, Iñigo Urkullu y Josu Urrutia.
La pitada al himno está protegida por la libertad de expresión, según la Audiencia Nacional

La pitada al himno está protegida por la libertad de expresión, según la Audiencia Nacional

El tribunal consideró que los silbidos "no propugnan el odio" ni el "ultraje a la nación", tras una protesta en una final de Copa Athletic-Barça en Valencia en 2009 similar a la del sábado en el Camp Nou

ELCORREO.COM

Lunes, 1 de junio 2015, 16:01

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La Audiencia Nacional sostiene que los pitidos al himno nacional, como los que se produjeron de forma masiva el pasado sábado en el Camp Nou, no constitUyen delito alguno y están amparados por el derecho a la libertad de expresión. Así lo determinó el tribunal tras una querella presentada en 2009 por la fundación Defensa de la Nación Española (Denaes), encabezada por el exparlamentario del PP vasco Santiago Abascal, después de que aficionados del Athletic y del Barça silbaran los acordes del himno español a la llegada del Rey Juan Carlos al estadio de Mestalla, en Valencia, donde ambos clubes disputaron la final de Copa en mayo de aquel año.

Denaes actuó ante la Justicia contra la plataforma proselecciones vascas Esait y el colectivo Catalunnya Acció como supuestos organizadores de la pitada, que incluyó la exhibición de pancartas con el lema 'Good bye, Spain'. A su juicio, ambas plataformas incurrieron en los delitos de injurias al jefe del Estado, apología del odio nacional y ultrajes a España.

El magistrado Santiago Pedraz no admitió a trámite la querella al considerar que los hechos denunciados no son constitutivos de delito ya que están "amparados por la libertad de expresión" y no son "difamatorios, injuriosos o calumniosos", sostuvo el juez. "Ni mucho menos" puede considerarse que "propugnen el odio nacional o ultraje a la nación", subrayó.

Su decisión fue recurrida ante la Sala de lo Penal, que hizo suyos los argumentos de Pedraz. El tribunal sentenció que pitar el himno es un ejercicio de crítica política protegido por el derecho constitucional a la libertad de expresión. Aunque los silbidos "no son ejemplo de educación ni del civismo mínimo exigido (...), nada hay que oponer a que se esté en desacuerdo con instituciones o símbolos del Estado, y su forma y régimen fijados en el marco constitucional".

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